Funciones
I.- Actuar como órgano técnico colegiado auxiliar para la operación del FONAES.
II.- Autorizar, cuando así corresponda, los apoyos del FONAES en términos de las Reglas de Operación.
III.- Emitir lineamientos o directrices que nombren los supuestos que se presenten y que no estén previstos en las Reglas de Operación.
IV.- Aprobar los manuales de operación correspondientes al Comité Técnico Nacional y a los Comités Técnicos Regionales.
V.- Aprobar el calendario de sesiones para el Comité Técnico Nacional, para los Comités Técnicos Regionales y las sedes para la instalación y sesión de estos últimos.
VI.- Determinar los espacios territoriales determinados como prioritarios para la autorización de los apoyos del FONAES previstos en las Reglas de Operación, y publicarlos en la página de Internet www.fonaes.gob.mx
VII.- Aprobar las Convocatorias que contengan las fechas de apertura y cierre de ventanilla para la recepción de solicitudes de apoyo en las Representaciones Federales, así como las bases de participación y los plazos en que expedirá sus resoluciones, en términos de las Reglas de Operación.
VIII. Aprobar, cuando así corresponda, el Programa Nacional de Apoyos a las Empresas Sociales de Financiamiento que formula la Dirección General de Finanzas Populares, en términos de las Reglas de Operación.
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